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Por qué las leyes de arrendador-inquilino son importantes para los inversionistas
Por Bianchi Fasani Green Law PLLC – Abogados de bienes raíces en Miami y Key Biscayne, Florida
Para los propietarios, el marco legal de cada estado determina la facilidad con la que se pueden hacer cumplir los contratos de arrendamiento, aumentar las rentas y despedir a inquilinos morosos o problemáticos. Las leyes de Florida están redactadas teniendo en cuenta los derechos de los propietarios: soluciones rápidas, defensas limitadas y ausencia de control de rentas. En cambio, Nueva York y California imponen protecciones a los inquilinos que pueden invalidar incluso el lenguaje sencillo de un contrato de arrendamiento.
La diferencia es abismal, y para los inversores, a menudo convierte a Florida en el lugar más seguro y predecible para comprar propiedades de alquiler.
Los estatutos de Florida sobre arrendadores e inquilinos forman parte del Capítulo 83 de los Estatutos de Florida. Cuando no se paga la renta, el arrendador entrega un Aviso de 3 Días para Pagar la Renta o Desalojar la propiedad (Estatuto de Florida § 83.56(3)). Excluyendo fines de semana y días festivos, el inquilino tiene tres días hábiles para pagar la renta completa o desalojar la propiedad. Si no hace ninguna de las dos cosas, el arrendador puede solicitar inmediatamente un desalojo.
Una vez solicitada la orden de desalojo, el inquilino debe responder dentro de los cinco días hábiles (Estatuto de Florida § 83.60(2)). Fundamentalmente, los inquilinos deben depositar la renta impaga en el registro judicial para impugnar el caso. Si no lo hacen, pierden el derecho a presentar defensas.
Florida también limita expresamente el control de rentas. El artículo 125.0103 prohíbe a los condados y municipios imponer la estabilización de alquileres a menos que se declare una emergencia de vivienda. Aun así, estas medidas son temporales. Esto significa que los arrendadores de Florida pueden alquilar al valor de mercado sin restricciones legales.
Finalmente, Florida hace cumplir el contrato en cuanto a su duración; si el contrato de arrendamiento finaliza después de 12 meses, el arrendador tiene la libertad de rescindirlo y alquilar a otra persona al precio que desee. Un arrendador también puede aumentar el alquiler al renovarlo, pero si el aumento supera el 5%, la ley de Florida exige un aviso por escrito al inquilino con 60 días de anticipación (Estatuto de Florida § 83.575(1)).
En resumen, la ley de Florida hace cumplir el contrato: si no se paga el alquiler o si el contrato vence, el arrendador puede recuperar la posesión.
En 2024, Nueva York promulgó la Ley de Desalojo por Buena Causa, codificada en la Ley de Propiedad Real de Nueva York § 226-c. Esta ley cambia radicalmente la forma en que los arrendadores pueden rescindir arrendamientos.
Bajo el derecho contractual tradicional, si un contrato de arrendamiento tiene una fecha de finalización fija (por ejemplo, un año), el arrendador podía simplemente optar por no renovarlo una vez vencido el plazo. Sin embargo, bajo la Ley de Buena Causa, un arrendador no puede desalojar ni negarse a renovar un contrato de arrendamiento a menos que establezca una de las causales legales de «buena causa».
Estas causas incluyen:
Esto significa que, en Nueva York, el vencimiento del contrato de arrendamiento ya no es suficiente para recuperar la posesión. La ley prevalece sobre el contrato escrito. Tenga en cuenta que esto se aplica a ALGUNOS propietarios (puede consultar este sitio web para ver si esta ley se aplica a usted).
Nueva York mantiene dos sistemas de regulación de alquileres que se solapan: el control de alquileres y la estabilización de alquileres. Ambos están codificados en el Código Administrativo de la Ciudad de Nueva York y ambos limitan la capacidad de un arrendador para aumentar el alquiler más allá de lo autorizado por la ley.
¿Qué es el control de alquileres?
En Nueva York, el control de alquileres es un sistema de regulación legal donde el gobierno, a través de la División de Vivienda y Renovación Comunitaria del Estado de Nueva York (DHCR), establece el alquiler legal máximo que los arrendadores pueden cobrar por las unidades amparadas. Según el Código Administrativo de la Ciudad de Nueva York, §§ 26-401 y siguientes, el control de alquileres impide que los arrendadores aumenten el alquiler por encima del «alquiler base máximo» establecido por ley, independientemente de la demanda del mercado. Esto significa que el contrato entre arrendador e inquilino no rige los aumentos de alquiler, sino la ley.
Control de Alquileres (Código Administrativo de la Ciudad de Nueva York, §§ 26-401 y siguientes)
Estabilización de Alquileres (Código Administrativo de la Ciudad de Nueva York, §§ 26-501 y siguientes)
Ejemplo: En 2024, la RGB autorizó aumentos del 2,75 % para las renovaciones de un año y del 5,25 % para las renovaciones de dos años. Los arrendadores no podían superar estos porcentajes, incluso si los alquileres de mercado subían más rápido.
Dado que tanto el control de alquileres como la estabilización de alquileres vinculan los aumentos de alquiler a fórmulas legales y decisiones administrativas, los arrendadores no pueden ajustar libremente el alquiler para reflejar las condiciones del mercado.
California adoptó un sistema similar mediante la Ley de Protección al Inquilino de 2019, codificada en el Código Civil de California, artículo 1946.2. Al igual que Nueva York, California exige a los arrendadores que demuestren una «causa justa» para rescindir la mayoría de los arrendamientos residenciales, independientemente de si el plazo del contrato ha finalizado o no.
En California, la «causa justa» incluye la falta de pago, el incumplimiento del contrato, la actividad delictiva o el uso personal de la propiedad por parte del arrendador. Sin embargo, sin una de estas causales legales, el arrendador no puede rescindir el contrato, ni siquiera al finalizar el contrato.
Efecto práctico
California también aplica límites de alquileres según el Código Civil de California, § 1947.12, que limita los aumentos anuales al 5% más la inflación (sin superar el 10%). Las ordenanzas locales de Los Ángeles, San Francisco, Berkeley y otras ciudades imponen controles de alquileres aún más estrictos. Además, solo se permiten dos aumentos por período de 12 meses, y la combinación de los aumentos no puede superar el límite legal.
En resumen: Según el Código Civil de California, § 1947.12, los aumentos anuales de alquileres en California están limitados al 5% más el IPC o al 10%, lo que sea menor. En combinación con las normas de rescisión por causa justificada del artículo 1946.2, la ley de California impide a los arrendadores imponer libremente aumentos a nivel de mercado, incluso después del vencimiento del contrato de arrendamiento.
Esto significa que los arrendadores de California se enfrentan a dos obstáculos legales: límites sobre el precio que pueden cobrar y límites sobre cuándo pueden rescindir un contrato de arrendamiento.
Florida no cuenta con estatutos de “causa justificada”. Si un contrato de arrendamiento tiene una vigencia de un año, el arrendador puede rescindir el arrendamiento al vencimiento del año sin necesidad de justificación especial. Esto refleja el principio que rige el contrato de arrendamiento escrito.
En cambio:
En lo que respecta a los aumentos de alquiler, la división es igual de marcada. La ley de Florida no impone un límite a los aumentos de alquiler; Un arrendador puede aumentar el alquiler al valor de mercado al renovarlo, sujeto únicamente a un preaviso adecuado (30 días para alquileres mensuales o 60 días si el aumento supera el 5%, según Fla. Stat. § 83.575(1)).
En cambio:
Para los arrendadores, esta diferencia es crucial. En Florida, puede confiar en el contrato de arrendamiento. En Nueva York y California, las protecciones legales para los inquilinos prevalecen sobre estas.
Las leyes de Florida otorgan a los arrendadores:
Para los inversores, esto significa que Florida ofrece previsibilidad, rapidez y derechos de propiedad más sólidos.
📍Con sede en Miami y Key Biscayne, Bianchi Fasani Green Law PLLC representa a arrendadores en toda Florida.
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